Recursos Educativos para el Docente

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📍#URGENTE:Cronograma para presentación de documentos para contrata docente 2023-2024

 


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El postulante deberá de acercarse a la DRE o UGEL donde se inscribió a través de la plataforma, de acuerdo al cronograma que la institución lo determine. Para ello el Ministerio de Educación ha establecido un cronograma general. La cual es como se detalla a continuación.




Anexos para contrata docente

 

Determinación de cuadros de mérito

Plazas vacantes para contratación docente

Postulantes por UGEL o DRE para la determinación de cuadros de mérito

Aplicativo para consultar postulantes por UGEL o DRE para la determinación de cuadros de mérito

Cuadros de mérito para contratación docente

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📌IMPORTANTE: Indicaciones para la rúbrica EBR /EBA “Propicia un ambiente de respeto y proximidad”

 

Indicaciones para la rúbrica “Propicia un ambiente de respeto y proximidad”

Esta rúbrica evalúa si el docente genera un ambiente de respeto en el aula, que se manifiesta a través de un trato respetuoso entre el docente y los estudiantes, y entre los mismos estudiantes. Además, valora la consideración que tiene el docente hacia la perspectiva de los estudiantes, la cordialidad y calidez con ellos, así como la empatía que muestra ante sus necesidades físicas y/o afectivas, lo que proporciona un entorno afectivo seguro.

Los aspectos que se consideran en esta rúbrica son tres:

  • Trato respetuoso y consideración hacia la perspectiva de los estudiantes

Es condición necesaria para ubicarse en los niveles IV, III o II que el docente, al comunicarse con los estudiantes, muestre buen trato y respeto hacia ellos, resguarde su dignidad y evite el uso de cualquier tipo de manifestación verbal o no verbal que los discrimine (brinde un trato diferenciado que los relegue o separe del grupo en su conjunto), los ofenda (a través de insultos, humillaciones o trato despectivo) o los agreda (física o verbalmente). Las conductas discriminatorias, agresivas u ofensivas mencionadas anteriormente ubican al docente en el nivel I de esta rúbrica.

Además, para ubicarse en estos tres niveles, el docente debe intervenir si observa alguna falta de respeto entre estudiantes; es decir, debe dirigir, limitar o mediar en una situación conflictiva entre ellos. Se consideran faltas de respeto: burlarse del compañero, insultarlo, empujarlo intencionalmente, etc. Para valorar la presencia de faltas de respeto entre los estudiantes, se  debe considerar su nivel de desarrollo, así como también los casos de aulas inclusivas. Por ejemplo, no se consideran faltas de  respeto en el nivel inicial el interrumpir a un compañero sin pedir permiso o bien chocar brusca pero involuntariamente con el compañero, debido a que son situaciones que se explican por el nivel de desarrollo socioemocional o de coordinación psicomotriz esperado en esta etapa. Del mismo modo, en un aula, puede haber un niño incluido que, por sus caracteristicas emocionales o de maduración, podría presentar una conducta inadecuada hacia sus compañeros.

Finalmente, otra condición para alcanzar el nivel IV es que el docente muestre consideración hacia la perspectiva de los estudiantes.

Esto se evidencia cuando recoge y respeta sus opiniones y puntos de vista, aunque sean divergentes o distintos al suyo; además, considera sus intereses e iniciativas y evita imponerse ante los estudiantes, primando una actitud dialogante y abierta. Implica también ser respetuoso del ritmo e individualidad de cada estudiante, evitando precipitarse o apurarlos, dialogando con ellos, proponiéndoles o invitándolos a participar sin obligarlos, etc.

  • Cordialidad o calidez que transmite el docente

Es condición necesaria para ubicarse en los dos niveles superiores de esta rúbrica que el docente sea cálido o cordial; es decir, sea amable, mantenga un tono de voz tranquilo que transmita serenidad y genere un ambiente de seguridad afectiva en el aula propicio para el aprendizaje. Un docente en estos niveles practica la escucha atenta (siguiendo con atención lo que los estudiantes le dicen, asintiendo con la cabeza mientras hablan, haciéndoles repreguntas o retomando lo que ellos dicen en señal de aceptación o interés, entre otros) y emplea recursos de comunicación que generan proximidad con los estudiantes (ya sea espacial, a través de su ubicación y el desplazamiento en el aula; o afectiva, a través de expresiones verbales y no verbales que denotan estima). Si el docente emplea el humor, este es respetuoso y favorece las relaciones positivas en el aula. Es necesario tomar en cuenta que los recursos que utiliza el docente para generar un ambiente de proximidad deben ser apropiados a la edad y características de los estudiantes (por ejemplo, en el caso de los estudiantes más pequeños, pueden haber demostraciones físicas de afecto, como tomarlos de la mano o abrazarlos, pero, en el caso de estudiantes adolescentes, estas acciones podrían incomodarlos). Un docente en estos niveles es amable o cortés (saluda, agradece, pide por favor, pide permiso). No es necesario que las palabras “por favor”, “gracias”, etc. sean dichas textualmente, porque pueden quedar implícitas en el tono o la forma en que se dirige el docente a los estudiantes. Por ejemplo, en vez de decir “por favor ¿podemos conversar?”, podría decir “¿crees que podríamos conversar?” o “me gustaría conversar contigo”; o, en vez de decir la palabra “gracias”, podría sonreír y hacer un gesto de agradecimiento.

  • Comprensión y empatía del docente ante las necesidades afectivas o físicas de los estudiantes

La empatía es la habilidad social que permite “ponerse en el lugar del otro” y comprender lo que este siente. Para efectos de esta rúbrica, se considera que el docente es empático cuando es comprensivo o acoge las necesidades físicas o afectivas manifestadas por los estudiantes, ya sea de manera verbal (a través de un comentario) o no verbal (a través de acciones como un abrazo o una palmada en el hombro), demostrando estar atento a lo que les sucede y conectado con sus necesidades. No necesariamente implica siempre acceder al pedido del estudiante, sino que, en ocasiones, puede ser suficiente expresar que se le comprende. Por ejemplo, el docente acoge la necesidad de un estudiante si, ante su solicitud de ir al baño, le responde amablemente que podrá ir dentro de unos minutos, porque hace poco ya acudió. Cabe señalar que las respuestas deben evaluarse en razón del contexto y nivel educativo de los estudiantes: en el nivel Inicial, por ejemplo, se considera falta de empatía impedir que el estudiante vaya al baño cuando lo solicita o lo desea.

Para efectos de esta rúbrica, decimos que un estudiante muestra una necesidad física o afectiva cuando la hace evidente a través de su conducta (decaimiento, llanto, etc.), de un comentario (“estoy triste”, “me duele la cabeza”, etc.) o de una pregunta que muestra que hay algo que le genera malestar físico o emocional y que necesita ayuda o atención. No se deben considerar aquí las necesidades que son estrictamente de apoyo pedagógico, cuya atención se valora en otra rúbrica.

Por otro lado, en esta rúbrica, no se valoran ni la pertinencia ni la efectividad del abordaje que hace el docente frente a las necesidades físicas y/o afectivas de los estudiantes; únicamente se evalúa si el docente muestra comprensión a los requerimientos de los estudiantes e intenta resolverlos. Por ejemplo, si el docente aprecia que un estudiante que suele ser muy animado y  participativo se muestra desganado y no quiere participar, se acerca a él y le pregunta qué le pasa; o, si un estudiante se pone a llorar porque un compañero tomó el juguete que él quería, el docente le hace saber que comprende que esté molesto por lo sucedido y lo anima a tomar otro juguete.

La respuesta empática del docente es exigida en los dos niveles superiores de la rúbrica solo si los estudiantes manifiestan necesidades afectivas o físicas durante la sesión observada. Es decir, si no hay manifestaciones expresas de estos tipos de necesidades, el docente puede alcanzar el nivel IV, siempre que cumpla con los demás aspectos exigidos para ese nivel.

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🔇#URGENTE: Incorporan nuevos causales de retiro automático del concurso de nombramiento docente


5.4.1.1. En cualquier etapa del concurso, el Minedu, el operador logístico de ser el caso, a cargo de la aplicación de la Prueba Nacional o el Comité de Evaluación retira al postulante que no cumpla con las disposiciones dispuestas en la LRM, su Reglamento o el presente documento normativo. Las causales de retiro son las siguientes:

 

a) Encontrarse dentro de los alcances de las Leyes 29988 y su modificatoria, 30794 y N°  30901.

b) Encontrarse con sanción vigente y/o registrada en el RNSSC y/o registrado en el Escalafón Magisterial. El postulante deberá verificar que no tenga sanción vigente desde el inicio de la actividad de inscripción hasta la emisión de la resolución de nombramiento.

c) Encontrarse inscrito en el REDERECI.

d) No cumplir con las disposiciones que imparta el operador logístico a cargo de la aplicación de la Prueba Nacional en los centros de evaluación de acuerdo a lo indicado por el Minedu, e incumplir con las medidas de bioseguridad para la prevención de la COVID-19 establecido por  el  Gobierno Nacional para  tal  fin.  Así  como realizar disturbios; y, copiar o intentar copiar.


e) Realizar un acto de suplantación durante el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal que correspondan.

f)  Brindar información falsa que se consigna en la Declaración Jurada.

g) Realizar cualquier acción dirigida a sustraer, reproducir, en forma impresa o digital, en todo o en parte, los instrumentos o documentación de la evaluación para el ingreso a la CPM, antes, durante o después de la aplicación de la referida evaluación, así como cualquier otra acción dirigida a alterar o afectar sus resultados o a obtener beneficios para sí o para terceros. De comprobarse los hechos mencionados, los postulantes serán sancionados e impedidos de participar en las evaluaciones de Ingreso a la CPM y de contratación docente convocados durante los siguientes cinco (5) años contados a partir de ocurridos los hechos.


h) No participar en las actividades programadas en el cronograma del concurso; salvo excepcionalidades expresas en el presente documento normativo; siendo responsabilidad del postulante informarse sobre dichas actividades, así como de sus correspondientes fechas y horarios.

 

5.4.1.2        De detectarse que los postulantes en la Etapa Nacional incurren en las causales d), e), g) y h) del numeral 5.4.1.1 serán retirados de forma automática.

 

5.4.1.3        De detectarse que los postulantes en la Etapa Descentralizada incurren en las causales e), f), g) y h) del numeral 5.4.1.1 serán retirados de manera automática.


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Cronograma actualizada para selección de DRE o UGEL contrata docentes 2023 - 2024


CRONOGRAMA ACTUALIZADO

Determinación de Cuadros de Mérito para la Contratación Docente

Inicio

Fin

Actividad

28/12/2022

28/12/2022

Publicación de plazas vacantes para el procedimiento de contratación docente, en el portal institucional del Minedu.

03/01/2023

13/01/2023

Selección, por parte de los postulantes, de la UGEL o DRE de su preferencia en una única región con plazas vacantes en el grupo de inscripción en el que rindió la Prueba Nacional, a través del aplicativo publicado en el portal institucional. (j)

16/01/2023

16/01/2023

Publicación de postulantes por UGEL o DRE, en el portal institucional del Minedu.

17/01/2023

19/01/2023

Presentación a la UGEL o DRE, según corresponda, de los documentos para acreditar el derecho a recibir la(s) bonificación(es) de Ley.

17/01/2023

22/01/2023

Verificación por parte de la UGEL o DRE, según corresponda, de los documentos para acreditar el derecho a recibir la(s) bonificación(es) de Ley.

17/01/2023

22/01/2023

Ingreso de los resultados de la verificación de los documentos presentados para acreditar el derecho a recibir la(s) bonificación(es) de Ley en el aplicativo proporcionado por el Minedu, por parte de la UGEL o DRE.

23/01/2023

23/01/2023

Publicación de los cuadros de mérito en el portal institucional del Minedu.

(j) El postulante es responsable de verificar si existen plazas vacantes en la UGEL o DRE seleccionada. En caso verifique que en la UGEL o DRE seleccionada no existan plazas vacantes debe realizar la selección de una UGEL o DRE con plazas vacantes en el grupo de inscripción en el que dio la Prueba Nacional. Si no realiza la selección, el Minedu, excepcionalmente le asignará la UGEL o DRE de acuerdo a los criterios establecidos en el numeral 5.6.15.3.4 del documento normativo, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 00081-2022-MINEDU.

  Descarga guía para selección de institución educativa aquí


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