Artículo 17.- Consideraciones específicas para la
contratación por resultados de la PUN
17.1 El
postulante que integra el cuadro de méritos establecido por la PUN, debe
presentar su expediente en forma presencial o virtual a la UGEL donde se
inscribió, dentro de la fecha aprobada en el cronograma, según lo
establecido por el comité, adjuntando lo siguiente:
a) Los documentos que acreditan:
Requisitos de formación académica señalados para la modalidad educativa (EBE, EBR, EBA); así como, el nivel/ciclo y/o área/especialidad de los grupos de inscripción de la norma que convocó a la PUN, dicha acreditación como referencia es la fecha de inicio de la actividad de inscripción del mencionado concurso;
Requisitos generales descritos en el artículo 13.1 (13.1 Requisitos generales a) El postulante debe cumplir con los requisitos de formación académica establecidos en el Anexo 6 de la presente norma (Títulos, grados o estudios) de acuerdo a la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular/ especialidad o campo de conocimiento de la vacante, según la etapa de contratación a la que postula, lo que se acredita con la presentación de la documentación respectiva. b) Gozar de buena salud física, mental y disponibilidad que le permita ejercer la docencia en forma efectiva, se acredita con la declaración jurada según el Anexo 8 de la presente norma. c) Tener menos de 65 años de edad, que se acredita con la declaración jurada según el Anexo 8 de la presente norma.)
Requisitos específicos descritos en el artículo 13.2 (13.2 Requisitos específicos a) Para adjudicarse una vacante en una IE ubicada en zona de frontera, el adjudicado debe ser peruano de nacimiento. Se acredita con la declaración jurada según el Anexo 8 de la presente norma. b) Para adjudicarse una vacante del área curricular de educación religiosa de una IE, el profesor debe contar con la propuesta de la autoridad eclesiástica. Se acredita con copia simple de la carta de presentación del obispo o director de la ODEC correspondiente a su jurisdicción.)
Los formatos establecidos en los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19 de la presente norma, se presentan debidamente llenados, firmados y con la impresión dactilar. dactilar.
El postulante que no cumpla con
la presentación de los documentos descritos en los literales a) y b) del
presente artículo, y/u omite colocar la impresión dactilar o la firma en los
documentos presentados, así como su omisión en la presentación de los anexos
descritos en el literal b), es declarado OBSERVADO por el comité, pudiendo
subsanar dicha omisión hasta la fecha de la adjudicación.
- Anexo 8. Declaración jurada para el procedimiento de contratación
- Anexo 9. Declaración jurada de registro, (REDERECI), (REDAM), (RNSSC) y delito doloso.
- Anexo 10. Declaración jurada de parentesco y nepotismo
- Anexo 11. Declaración jurada de doble percepción en el estado
- Anexo 12. Declaración jurada de elección de sistema de pensiones – Ley N.° 28991
- Anexo 19. Carta del director de la IE/CETPRO señalando turno y hora de ingreso y salida en el año lectivo